La definición de dictamen proviene del latín «dictamen», que significa opinión, juicio, parecer. Un dictamen pericial cuenta con ciertas formalidades técnicas-científicas y dicho contenido debe brindar veracidad y credibilidad de manera que sean de utilidad para quien lo haya solicitado.
Se dice que el resultado de las actividades científicas del perito se encuentra en el dictamen pericial en donde son consignados todos los datos relacionados al proceso de investigación tecnica y de manera preferente los resultados finales que se obtuvieron para brindar una mejor orientación, veracidad, credibilidad y eficacia a los sujetos auxiliares de la administración de justicia…
Gentileza: Evelyn Lizett Torres Hernández (Abogada-Notaria-Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales)
Profesora: Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales – Universidad de San Carlos – GUATEMALA
Consejo de Estudios A. Per.V.Re.Q.
Prensa: A.Per.V.Re.Q.
Debe estar conectado para enviar un comentario.