La firma Agromec ubicada en Pozo del Molle provincia de Cordoba, fabrica carretones sin haber obtenido la Licencia para la Configuración de Modelo (LCM); amparandose que dicho remolque encuadra en la Disposición 1.136 DM, cuando ésta cita que se puede remolcar acoplados, remolques y trailers destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recración familia. Esta clase de carretones deben tener identidad propia (VIN), y registro individual (Chapa Patente unica), pero para eso primero deberían gestionar la LCM, y el INTI tiene que controlar estas empresas, para que no ocurra esta clase de desmanes, qué lo mas gravoso al momento de generar un siniestro encuadraria perfectamente dentro de la ley de seguros, en una «RETISENCIA«, y la empresa aseguradora del vehiculo que lo remolca, No estaria obligada a pagar la poliza…
Registro Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios
REGISTRO NACIONAL DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR
Disposición 1136/96
Establécense las condiciones en que deben cuidar los acoplados, remolques y trailers destinados al traslado de equipajes, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar, aún no inscriptos.
Disposición completa: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/40000-44999/40869/norma.htm
EMPRESAS INSCRIPTAS PARA LA FABRICACIÓN DE ESTA CLASE DE CARRETONES
ANEXO I
CAPITULO XXII
DE LAS EMPRESAS FABRICANTES DE AUTOMOTORES
NO AUTOPROPULSADOS (ACOPLADOS Y SEMIACOPLADOS)
Lista de Empresas donde claramente no figura Agromec: http://www.dnrpa.gov.ar/digesto/T2C22.htm
LAS DICOTOMIAS DEL SENANSA
El SENASA habilita trailers como el de la foto (SENASA N° 1-162705), para el transporte de animales, que ni siquiera respeta el esquema ingenieril, visto que lleva dos ejes duales, que no respetan la distancia de tándem 2,40 mtrs. de una punta del eje al otro; encuadrandolo en la misma disposición que el carretón al que antes mencionabamos (Disp. 1.136), evadiendo el impuesto automotor por ocupar evidentemente la via publica. Habilitación Vigente:
Si el SENASA habilita remolques como él antes mencionado…
… Tambien deberia habilitar esta clase de transporte animal, pero en este caso se observa que el semi jaula, posee identidad propia independientemente del tractor de carretera que lo remolca.
Prensa CIDePA
Credito de Nota: Fabricio Abasto
Debe estar conectado para enviar un comentario.